sábado, 2 de marzo de 2013
LA AUDIENCIA DE CONCILIACION: TODO UN RITUAL
LA AUDIENCIA DE CONCILIACION: TODO UN RITUAL
“La paz no es la inexistencia de conflictos, que además son propios de la naturaleza humana. La paz es el estado de convivencia ideal en el que las necesidades básicas de los ciudadanos están plenamente satisfechas, permitiendo, entre otras cosas que los conflictos que susciten tengan vías instituciones y adecuadas de solución.”
Rómulo González T
Basados en un ejercicio de observación en el consultorio jurídico Luis Fernando Vélez Vélez el día 26 de noviembre, en el cual se llevaría una audiencia de conciliación en familia, se realiza un análisis de la importancia de la semiótica y la proxemica en este tipo de mecanismos alternativos de solución de conflictos, en este caso especifico en la audiencia de conciliación. Los rituales, los protocolos, el manejo del poder, la entonación de la voz, el lenguaje, el respeto, la adecuada distribución de las personas en el espacio son factores que posibilitan la eficacia de estos mecanismos.
Los mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC) se dan en Colombia a partir de la Ley 23 de 1991, y ellos son: la mediación, la conciliación, la amigable composición, la transacción, el arbitramento, la mediación comunitaria, el promotor de convivencia.
Estos MASC, son necesarios y primordiales, en otras palabras, deben ser de obligatoriedad es decir, son un requisito de procedibilidad antes de iniciar a un proceso civil, ya que se pretende evitar una pérdida de tiempo, un incremento en gastos y celeridad en la solución de conflictos sin tener que llegar al aparato judicial,
En esta oportunidad miraremos más de cerca las audiencias de conciliación, no solo para saber que son sino también para evaluar el lugar que tienen la proxemica y la semiótica en este tipo de mecanismos que dan la posibilidad de descongestionar el aparato judicial y simplifican en muchos casos las diferencias que se presentan entre los ciudadanos.
La Conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, en forma amistosa y equitativa, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Con ella se evita llevar a la justicia ordinaria litigios de larga duración y se mejora las relaciones entre las partes, dado que en esta actuación no resultan perdedores, ni triunfadores. Está regulada en Colombia, además, por la Ley 640 de 2001
Este procedimiento le garantiza imparcialidad, rapidez, confiabilidad y total reconocimiento y validez del acuerdo logrado.
Entre las características de la audiencia de conciliación estas las siguientes:
* Es un acto jurídico a través del cual las partes recurren a un tercero para que les ayude a resolver un conflicto.
* Requiere la existencia de un tercero, este no decide, se limita a señalar el camino posible de solución de conflictos, pues las partes se avendrán o no a las soluciones que ellos mismos estimen conveniente.
* Es un mecanismo alternativo de solución de conflicto, ya que las partes pueden optar por la conciliación, por el arbitraje o por ir al Poder Judicial.
* La oralidad e inmediación están siempre presentes, pues el conciliador estará al lado de las partes que han solicitado su actuación, las que se realizaran sin intermediarios. Es inimaginable un proceso conciliador con escritos que van y vienen, pues la casi totalidad de negociaciones se efectivizan mejor sin la presencia de documento alguno o de formalidad especifica.
* Ese tercero no propone, no decide, ni siquiera interpreta la norma en conflicto, menos hace esfuerzo alguno para su aplicación. Se limita simplemente a señalar el camino posible de solución de conflictos, pues en última instancia las partes se avendrán o no a las soluciones que ellos mismo estimen conveniente.
* Pretende evitar un procedimiento heterónomo o la simple prosecución del proceso ya iniciado.
* Trata de fomentar un acercamiento entre las partes con miras a demostrar que este es preferible a su total inexistencia, propiciando que el dialogo posibilite la solución del conflicto.
* Carece de toda formalidad, es un acto informal por excelencia, por eso que se ha convertido en una herramienta flexible por la amplia libertad conservada al conciliador; empero nada quita al conciliador que tenga su propia metodología para lograr el éxito que se ha propuesto al iniciar su labor conciliadora.
Conociendo ya del tema entraremos a evaluar el tema específico: cual es la incidencia de la semiótica y la proxemica en este mecanismo alternativo de solución de conflictos (la audiencia de conciliación).
Comenzaremos por describir lo que dice HECTOR GOMEZ GOMEZ, profesor de la Universidad Eafit sobre la semiótica y la proxemica:
”En principio, la semiótica se presenta como una investigación de índole filosófica sobre el lenguaje como sistema de signos y como medio de expresión con valor social, usado también por la ciencia”
“La distancia en que nos colocamos con relación a nuestro interlocutor, el tiempo que tardamos en recibirlo o en responderle, constituyen signos. Ese lenguaje es el que estudia la proxemica”.
La proxemica, entonces, se ocupa de temas como los protocolos, los rituales, el manejo del poder en las interacciones comunicativas y la semiótica se ocupa de temas como la entonación de la voz, los gestos, la actitud, los ademanes.
En las audiencias de conciliación, hacer uso de todos estos elementos se convierte en un tema fundamental para el desarrollo y éxito de la sesión. Pero esto no surge de la intuición, surge de la aplicación de estudios sobre el tema. Es por ello que desarrollaremos cada punto.
El protocolo en la audiencia de conciliación es supremamente importante porque permite al conciliador, o la persona que se encuentre realizando esta función, llevar el derrotero de la sesión y no perderse en él. Además, la enviste del poder que necesita para el manejo de la situación. Para fundamentar esto es importante mirar lo que dice VANESA CASANOVA:
“Por ello, el protocolo cumple la función de otorgar distancia, notoriedad y símbolo de status a la autoridad”.
“Así, el protocolo evita a toda costa mostrar a la autoridad en su espontaneidad, y establece modos de relaciones interpersonales que no se producen entre iguales”
“Pero vemos como el protocolo toma cada vez mas vuelo para la democracia. En sociedades donde los ciudadanos poseen igualdad de derechos, se plantea la necesidad de reglamentar la prelación social. Al resaltar dicha prelación, se supone que toda la colectividad es quien ofrece a si misma distinción.
Por otro lado, el tema del ritual, realizar la audiencia de conciliación en un lugar adecuado para ello de tal manera que las partes estén separadas y en conciliador o quien haga sus veces en medio de ellos, que las partes se sientan cómodas, que estén tranquilas; explicarle el protocolo al igual que el sentido y la función que cumple la conciliación, clarificar los roles de las personas que intervienen, fijar las reglas sobre las cuales se desarrollara la conciliación, hacen parte del ritual y es indispensable para saber que se va a hacer, como se va a hacer y qué objetivos se persiguen. Para apoyar esta tesis podemos citar a VANESA CASONAVA: “La función del ritual es poner en acto un significado. El ritual opera, por tanto en el campo de las construcciones y representaciones sociales y contribuye a la trasmisión de creencias y valores”
Con respecto al manejo del poder, es esencial que el conciliador, o quien haga sus veces, este facultado de poder, y haga uso de él en pro de buscar los objetivos de la conciliación, sin excederse pero sin perder la autoridad, siempre sobre una base de respecto por la dignidad humana, con el tacto y la pertinencia que debe envestido un buen líder y buscando siempre el bien común. Para esto podemos citar a SONIA INES LOPEZ FRANCO:
“Si se insiste en conceptualizar la comunicación a partir del sentido instrumental, cuyo único objetivo es informar, no se podrá advertir en ella la presencia de manifestaciones de poder, ni visualizar otras formas usadas por los sujetos de las organizaciones para imponer o rechazar o informado o lo instruido.”
“En la interacción los participantes son tanto hablantes como escuchas, miran y son mirados, actores y observadores. En la interacción todo importa, todo tiene sentido: el cruce o robo de turnos, los silencios largos, las miradas situadas; los roces continuos de manos, piernas, codos; la menor o mayor atención, la ambigüedad, la claridad, el acuerdo, la crisis.”
Por último analizaremos el tema de la semiótica en las audiencias de conciliación, pues el conciliador o quien haga sus veces, debe hacer uso de una actitud de respeto por los intervinientes y por el proceso, debe hablar claro y pausado y utilizar un tono que denote su rol dentro de la audiencia pero que no intimide a los demás participantes, debe tener unos gestos que proyecten serenidad y calma con el fin de no exaltar los ánimos, debe cuidar la imparcialidad y esto lo debe demostrar cada una de las actuaciones y además. Debe ser una persona muy consciente de sí y de su tarea dentro de la audiencia de conciliar. Para sustentar lo dicho enunciamos a SONIA INES LOPEZ FRANCO:
Es claro en estas líneas que sin el poder las organizaciones no existen, pues con él y por él se administra mediante la creación de jerarquías y prácticas que lo crean y recrean. Las organizaciones regulan, administran, controlan y disciplinan el trabajo y el trabajador. Las formas de hacerlo se manifiestan, entre otras, en las interacciones comunicativas, vistas aquí como encuentros cara a cara entre sujetos de las organización. Gracias a la semiosis que se crea entre esas interacciones, se pueden observar y analizar lenguajes verbales delimitados acá en hablas, y lenguajes no verbales, específicamente en cuento semiótica del espacio, del cuerpo y del tiempo.
Es por todo lo anteriormente expuesto que podemos concluir que la audiencias de conciliación son mecanismo alternativos de solución de conflictos, que han ayudado muchísimo a la sociedad colombiana, pero su éxito no está solo en la creación de ellos como tal, sino en la aplicación de temas como la semiótica y la proxemica que hacen de estos mecanismos TODO UN RITUAL y además un ritual exitoso.
BIBLIOGRAFIA
GOMEZ, Gomez Hector. UN ACERCAMIENTO SEMIOTICO AL ESTUDIO DEL COMPORTAMIENTO HUMANO. En Revista Universidad Eafit, No.95. p.p. 77-86
CASANOVA, Vanesa. [vcasanova@luz.edu.ve]. RITO Y PODER: EL PROTOCOLO ACADEMICO DESDE UNA PERSPECTIVA SEMIOTICA. En: https://docs.google.com/file/d/0BwzoUiYB8qTfTkpNMVZqeG1TRVk/edit; p.p.1-22
LOPEZ FRANCO, Sonia Inés. [slopez@eafit.edu.com]. EL PODER DE LAS INTERACCIONES COMUNICATIVAS DE LAS ORGANIZACIONES. En: Co-herencia Revista de Humanidad – Universidad EAFIT. Vol. 3, No.005. Julio-Diciembre, 2006;pp. 165-188. 1794-5887
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